Red Europea de Espacios Cinegéticos Protegidos

Repoblaciones de especies animales
  • La necesidad de repoblaciones de especies animales debe evitarse mediante una correcta gestión de las poblaciones autóctonas.
  • Las repoblaciones animales sólo podrán justificarse en los siguientes casos:
    • Cuando no se pueda aumentar la población natural por otros medios más naturales en un espacio relativamente corto.
    • Cuando la población de la especie se haya reducido o desaparecido y se hayan reducido o eliminado los factores que lo provocaron.
    • Cuando sea necesario aumentar la variabilidad genética de una población.
  • La especie a repoblar deberá ser autóctona y, a ser posible, procedente de poblaciones cercanas.
  • Todos los individuos deberán estar vacunados, desparasitados y en perfecta condición física antes de la suelta.
  • Deberá acondicionarse la zona de suelta a fin de garantizar la supervivencia y fijación en el territorio mediante el control de los depredadores y la instalación de bebederos, comederos y refugios.

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